Concluye plazo de registro para observadores electorales

Ciudad de México, 08 de mayo de 2024.- Al concluir el pasado 7 de mayo el plazo de registro para la acreditación de las y los Observadores Electorales, el Instituto Nacional Electoral (INE) informó que con fecha de corte a las 10:06 horas del 8 de mayo de 2024, se recibieron un total de 34 mil 462 solicitudes para participar en la observación del Proceso Electoral Federal y los Proceso Electorales Concurrentes 2023-2024.

Del total de solicitudes recibidas -30 mil 270 son individuales y cuatro mil 192 son miembros de una organización- además de que 18 mil 300 corresponden a mujeres, 16 mil 114 a hombres y 48 a personas no binarias.

Respecto al interés mostrado para observar otras modalidades de votación, 735 solicitaron observar el Voto de las Personas en Prisión Preventiva; cuatro mil 447 personas el Voto Anticipado y 84 manifestaron su interés en observar el Voto de las y los Mexicanos Residentes en el Extranjero.

Pese a que se cumplió el plazo, el total de solicitudes recibidas puede incrementarse, toda vez que las Juntas Ejecutivas y los Organismos Públicos Locales Electorales pudieron recibir solicitudes en físico hasta las 24:00 horas tiempo del centro de México del 7 de mayo de 2024 y éstas serán capturadas en el Sistema de Observadores y Observadoras Electorales.

De acuerdo con la normatividad vigente, las y los observadores electorales que obtuvieron debidamente su acreditación tienen derecho a:

  • Observar los actos de preparación y desarrollo del Proceso Electoral, así como los que se lleven a cabo durante la Jornada Electoral y las sesiones de los órganos electorales del INE.
  • Presentarse el día de la elección el próximo 2 de junio, en una o varias casillas, independientemente del domicilio registrado en la Credencial para Votar.
  • Solicitar ante los órganos desconcentrados del INE la información que requieran para el mejor desarrollo de sus actividades, que será proporcionada siempre y cuando ésta no sea reservada o confidencial en los términos de la ley.
  • Pueden presentar ante la autoridad electoral, en los términos y tiempos que determine el Consejo General del INE, un informe de sus actividades.

En tanto, las y los observadores, tienen las siguientes obligaciones:

  • No sustituir, obstaculizar ni interferir en el desarrollo y ejercicio de las funciones de las autoridades electorales.
  • No declarar tendencias sobre las opiniones del Proceso Electoral.
  • No externar ofensa, difamación o calumnia en contra de las autoridades electorales o partidos políticos.
  • No declarar el triunfo de cualquiera de las propuestas posibles al Proceso Electoral.
  • No portar o utilizar emblemas, distintivos, escudos o cualquier otra imagen relacionada con partidos políticos, candidatas o candidatos, posturas políticas o cualquiera de las respuestas del Proceso Electoral.

Las y los ciudadanos que se registraron, pueden ingresar al Portal de Observadoras y Observadores electorales (https://observadores.ine.mx/portal/observador) en donde podrán dar seguimiento de forma virtual a su proceso de acreditación.


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