Reflexiones axiológicas sobre la inteligencia artificial

Dr. Oscar Omar Nuñez Herrera

El tema de la Inteligencia Artificial (IA) realmente no es algo nuevo, siendo que la idea de que los entes autómatas pudieran llegar a formular por si mismos decisiones, se ha presentado en la ciencia ficción desde mediados del siglo XX, con incluso producciones cinematográficas que han sido tendencia en muchas generaciones

La Comisión Europea define IA como aquellos sistemas de software (y posiblemente también de hardware) diseñados por humanos que, ante un objetivo, tienen una reacción en la de forma física o digital, es decir, que pueden realizar tareas que normalmente requieren inteligencia humana, como el aprendizaje, el razonamiento y la percepción.

Datos de la UNESCO señalan que en México el 78% de la población de seis años o más son usuarios de internet, y pese que el país aun no cuenta con un plan o estrategia nacional de IA, se cuentan con fortalezas notables en su marco normativo como lo son la protección de los derechos humanos, la privacidad y la protección de datos.

En este tenor, hoy en día surgen aplicaciones denominadas IA que han creado muchas diferencias por cuanto hace a su uso, entre grupos científicos, políticos, económicos, sociales, culturales y por supuesto jurídicos, más precisamente, acerca de los productos que proporcionan estas aplicaciones.

Con la IA, estudiantes pueden únicamente hacer la solicitud a una aplicación para que les genere alguna tarea o resumen que les hubiera solicitado su profesora, y este programa les genera un producto no sólo con el contenido solicitado, sino también, con un nivel de redacción acorde a su solicitante, con los elementos más actuales cargados en red para nutrirlo, y una sintaxis que pareciera que lo redactó un experto.

Por otro lado, un docente puede reducir en segundos la elaboración de sus planeaciones mensuales, semestrales y anuales dentro de su centro educativo, puede programar actividades dentro y fuera de la clase, puede aludir a las últimas tendencias pedagógicas dentro de sus clases, e incluso elaborar exámenes para evaluar a sus alumnos.

Asimismo, un abogado puede generar un contrato de compraventa bien blindado con tan solo agregar los datos del inmueble a arrendar, los sujetos que intervienen en él, la duración y particularidades que quisiera que existieran en dicho documento legal, y la IA se lo genera en segundos, dándole incluso opciones que le pudieran beneficiar al usuario.

En estos casos y en muchos otros, se puede reflejar el uso que se tiene en las IA por cualquier persona, de cualquier edad, de cualquier profesión, donde únicamente con el requisito de realizar una solicitud (PROMP) de manera específica, precisa, señalando el contexto y los detalles requeridos, se puede obtener algún producto que en otras condiciones se tardaría más tiempo en ser realizado, con un mayor margen de error.

Con tan solo una captura del tono de la voz de una persona, se puede reproducir todo un discurso acerca de un tema totalmente desconocido para el dueño de la voz, y lo que sería peor, se podría generar un dialogo en vivo, donde el receptor no se diera cuenta de que esta hablando con una IA, vulnerando por supuesto derechos de identidad digital y posibles casos de fraude.

Los productos de IA van desde la elaboración de documentos comunes, documentos profesionales, comunicados en audio o en video, la generación de imágenes, posters, iconografías, la creación de aplicaciones o software, cuya programación la realiza la misma IA, entre otros, que de otorgarles un buen uso ayudan en gran medida a la sociedad tecnológica, facilitando y abreviando muchos procesos y por su puesto reduciendo costos.

Sin embargo, se han presentado malos usos de esta tecnología, como aquellas personas que falsifican documentos oficiales, los que recrean videos de personas realizando actos inadecuados o insólitos para dichos personajes, y que la mayor parte de los casos se tratan de personajes públicos, que ven afectada su reputación por estos videos.

Y es en este punto donde empiezan las controversias sobre el uso de las IA, derivado por su puesto, de los excesos de algunos usuarios, por lo que muchos intelectuales señalan la deficiente o nula legislación existente para el uso de las IA en nuestro país, donde se proyectan problemas mayores de no alcanzar una regulación adecuada sobre tecnologías avanzadas.

Al respecto, cabe recordar que las IA son avances tecnológicos, y que como tales, fueron pensados como herramientas para la sociedad a fin de facilitar la vida, situación que pasó de la misma forma cuando se creo la rueda, cuando se inventó la maquina de vapor, cuando se descubrió la energía nuclear, cuando se creó la Internet, siendo todos estos casos avances tecnológicos in situ.

Por tanto, los avances tecnológicos no pueden ser sujetos de juicios axiológicos per se, y menos aún de una sanción jurídica, porque eso implicaría la limitación al crecimiento y evolución de nuestra sociedad, siendo evidente en consecuencia que son las conductas de los usuarios de las tecnologías las que deben de ser sancionadas.

En el ámbito docente, los maestros se molestan porque los alumnos utilizan las IA para realizar sus tareas, cuando son los maestros los que deberían capacitarse para poder aprovechar este avance tecnológico y de esta forma poder aprovechar de manera óptima los recursos que ahora están al alcance tanto de los alumnos como de los docentes.

Por tanto estimado lector, si no ha utilizado IA le insto a que empiece a experimentar sus múltiples beneficios para facilitar sus tareas cotidianas, y si ya es usuario, hay que buscar la profesionalización para promover la innovación dentro de su espacio y ambiente de desarrollo personal y laboral.


Descubre más desde

Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.