
Xalapa, Ver., 27 Enero 2025.- Con el propósito de ordenar, prevenir conflictos y fortalecer la institucionalidad brindando certeza jurídica a servidores públicos estatales y municipales, entrantes y salientes, durante el proceso de entrega-recepción, la diputada Elizabeth Morales García presentó una iniciativa para actualizar la Ley para la Entrega y Recepción del Poder Ejecutivo y la Administración Pública Municipal del Estado en materia de Activos Digitales Institucionales.
El objetivo de la propuesta, explicó la legisladora, es la incorporación de un capítulo que reconozca, defina y regule los activos digitales institucionales definiéndolos como los recursos digitales creados, administrados o utilizados por los entes públicos para el ejercicio de sus atribuciones y el cumplimiento de sus funciones, además de establecer obligaciones claras, mínimas y verificables que garanticen la continuidad administrativa y la protección de la información pública.
Actualmente, advirtió, la operación gubernamental, la comunicación institucional y la prestación de servicios se realizan a través de medios digitales que forman parte del quehacer cotidiano de los entes públicos. Portales oficiales, dominios institucionales, cuentas en redes sociales, sistemas informáticos, bases de datos y archivos digitales, constituyen herramientas esenciales para la continuidad administrativa, el acceso a la información pública y la relación entre el gobierno y la ciudadanía, por lo que, estos recursos, aun cuando no siempre se materializan en bienes físicos, integran el patrimonio institucional del Estado y de los municipios.
El inadecuado proceso de entrega-recepción de estos activos “no siempre deriva de conductas intencionales, sino de la inexistencia de lineamientos claros que definan el alcance de las obligaciones administrativas en el ámbito digital, dejándolos sujetos a interpretaciones discrecionales, improvisación o vacíos operativos”, detalló.
En el capítulo propuesto, la legisladora enumera como activos digitales institucionales, entre otros, sitios web y portales oficiales, dominios registrados a nombre del ente público, cuentas institucionales en redes sociales y plataformas digitales, sistemas informáticos, aplicaciones y plataformas administrativas, bases de datos, archivos digitales y respaldos de información.
Así como correos electrónicos institucionales, credenciales de acceso administrativo y documentación técnica mínima necesaria para su operación, certificados digitales y llaves criptográficas, licencias de software, cuentas de servicios en la nube de almacenamiento, datos de acceso y números de información de propiedad de dominios digitales.
Ante lo cual, considera que durante la entrega las personas servidoras públicas salientes deban realizar, la transferencia segura de accesos digitales mediante cambio de titularidad, restablecimiento o cambio de contraseñas, uso de administradores institucionales y entrega de mecanismos de recuperación como correo electrónico y teléfono institucional, revocando el acceso al personal saliente una vez concluida la transferencia.
De igual forma, la elaboración y entrega de un inventario de los activos digitales recibidos tanto al inicio de su función como de los entregados al final de esta, dejándolos inscritos en un acta. La transferencia de los datos, números y permisos debería apagarse a lo dispuesto por la normativa de protección de datos y clasificación de la información. La omisión, retención indebida, destrucción o entrega incompleta de activos digitales institucionales sería considerada falta administrativa.
Para su estudio y dictamen, la presidenta de la Mesa Directiva turnó la iniciativa a la Comisión Permanente de Vigilancia.
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