Raúl Contreras Bustamante
La semana pasada tuvo verificativo el 8º Simposio Internacional sobre Sistemas de Justicia Orales Adversariales en la sede de la Universidad de San Diego California, el cual fue convocado por el Programa Justice in Mexico —que cumple veinte años de trabajo—, que dirige el infatigable académico David Shirk.
En esta ocasión, se convocó la asistencia de diversas universidades, instituciones de gobierno y organizaciones de la sociedad civil —de ambos países—, así como de magistrados de tribunales del Poder Judicial de varias entidades federativas.
A casi 6 años de que entró en vigor el nuevo Sistema Penal Acusatorio en nuestro país se analizaron, entre otros temas de gran interés, la impunidad penal y la aplicación de la ley en México; propuestas para mejorar el funcionamiento de las fiscalías, así como las experiencias y lecciones del sistema penal en la administración de justicia a nivel estatal.
La evaluación realizada dejó claro que este cambio legislativo en materia penal presenta diversas fortalezas y debilidades que deben ser estudiadas y atendidas para mejorar los resultados de su implementación, que vino a modificar de manera radical la justicia criminal en el país.
Una primera conclusión que parece generar consensos importantes es que la implementación del sistema tuvo mayor atención en materia de capacitación, planeación, adaptación, inversión financiera y adopción de estrategias en los poderes judiciales —tanto federal como en las entidades federativas— que en las fiscalías.
Las fiscalías son parte fundamental para el correcto funcionamiento del sistema penal adversarial y se dijo que a la fecha adolecen de financiamiento suficiente, que no les permite inversión en sus capacidades y desarrollo de sistemas científicos periciales; han padecido de inestabilidad en la permanencia de sus titulares y no han desarrollado sistemas laborales de carrera, lo cual genera inestabilidad en el empleo y falta de profesionalización de sus elementos.
Otra propuesta interesante es que no se ha entendido que el fiscal debe de prepararse y asumir su papel de ser ante todo un abogado litigante dentro de los procesos y dejar atrás su papel predominante de investigador.
Todo ello puede llevar a inferir que ha habido falta de voluntad política de parte de los titulares de los Poderes ejecutivos, que se resisten a la transformación de las fiscalías en órganos autónomos y prefieren seguir viéndolas como procuradurías a su servicio y control.
En lo que toca a los Poderes judiciales se dijo que la falta de integración adecuada de las carpetas de investigación por parte de las fiscalías y la deficiente e insuficiente presentación de pruebas periciales son causa de impunidad.
La aplicación de los principios de presunción de inocencia y observancia del debido proceso obligan a que los jueces tengan que rechazar muchas de las carpetas de investigación que les son puestas a disposición.
Los fiscales no están debidamente preparados y muchas veces carecen de elementos y autonomía para poder negociar y para poder aplicar procedimientos abreviados.
Frente a estos elementos se destacó y criticaron las reformas legales para aumentar los casos que ameritan prisión preventiva oficiosa, lo cual, dijeron, ha ocasionado una “prisionalización de oficio”, que difiere de los objetivos esenciales de la filosofía de este nuevo sistema penal.
Como parte de los beneficios obtenidos se destacó la reducción radical del uso de la tortura, además mejoró la percepción en los sentenciados de que si hubo un proceso adecuado y un incremento de pruebas científicas. Pero falta mucho por hacer.
Como Corolario, la frase de Cicerón: “La paz es resultado de la justicia y el derecho”.
(Excélsior 13 05 22)
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