Mucho derecho, poca justicia

Corolario.

Raúl Contreras Bustamante

A lo largo de los últimos años se han venido haciendo reformas constitucionales y legales que en teoría aspiran a mejorar la impartición de justicia del país.

Se adoptó un sistema penal acusatorio; se transfirió a la competencia del Poder Judicial la materia laboral, se demolieron los Poderes Judiciales —federal y de las entidades federativas— para que los nuevos juzgadores fueran electos de manera popular y se aprobó un nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.

Desde la academia se ha insistido mucho sobre la imperiosa necesidad de mejorar nuestro sistema de impartición de justicia en materia familiar y civil. Si juntáramos en un sólo saco todos los juicios que están siendo tramitados —de orden federal y local, y de todas las especialidades— 40% son de carácter familiar y 30% del orden civil. El porcentaje restante se integra por los otros ámbitos: penal, laboral, administrativo, fiscal, amparos, etcétera.

El 15 de septiembre de 2017 se publicó una reforma constitucional para facultar al Congreso a expedir una legislación única en materia procesal civil y familiar. Se dispuso que se debería expedir este nuevo marco en un plazo de 180 días, sin embargo, fue hasta el 7 de junio de 2023 en que se expidió en nuevo Código. Casi seis años de retraso.

Para que las entidades federativas pudieran hacer los ajustes necesarios se determinó que la entrada en vigor sería gradual, pero fijando como plazo improrrogable el 1° de abril de 2027. Aunque en su momento el horizonte parecía lejano, estamos a 11 meses de que se cumpla el término.

A la fecha, el panorama es desolador: sólo Chihuahua, Baja California y Querétaro han comenzado a implementar el nuevo Código; y las 29 entidades restantes se encuentran navegando en la incertidumbre de la transición, la prórroga o la franca parálisis. La Ciudad de México, que era quien encabezaba las acciones, acaba de decidir postergar su implementación plena hasta el último día del plazo.

Esta inoperancia no sólo afecta a los tribunales, sino que arrastra consigo a instituciones clave como al notariado.

Y es que el nuevo código eleva a los notarios al rango de auxiliares de la administración de justicia, otorgándoles la tarea de ayudar a despresurizar los saturados juzgados mediante la tramitación de asuntos no contenciosos: desde divorcios bilaterales y sucesiones, hasta la designación de apoyos para personas con discapacidad, bajo el nuevo paradigma de capacidad jurídica plena.

Es previsible que la falta de implementación de este importante instrumento legal se deba a varios aspectos. En primer lugar, la falta de asignaciones presupuestales, porque la infraestructura necesaria para su operación requiere una fuerte inversión.

Y la segunda, la parálisis que ocasionó la reforma judicial que pone entredicho ¿a quién se debe capacitar, a los juzgadores que al perder una elección dejarán el cargo?

Ante esta realidad, para que el notariado pueda comenzar a ejercer sus funciones se requerirá que los Congresos locales expidan las adecuaciones para que armonicen sus Códigos Civiles y Leyes del Notariado a la mayor brevedad posible.

Porque si en verdad la preocupación del gobierno es mejorar la impartición de justicia, se debió comenzar por las materias familiar y civil, que son las que más impactan en los ciudadanos.

Es decir, nuestro tejido social está fracturado, ya que los juzgados del país están atestados de conflictos litigiosos entre familiares, exsocios, vecinos y examigos.

Como Corolario la frase de Cicerón: “Summum ius, summa iniuria” (mucho derecho, ninguna justicia).


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