Congreso avala a Comuna de Coatza donar terreno para construir escuela

Xalapa, Ver. 16 Octubre 2026.- El Congreso del Estado de Veracruz dio anuencia al Ayuntamiento de Coatzacoalcos para la donación de un terreno de mil 500 metros cuadrados, ubicado en el fraccionamiento Villas San Martín, fase San Gabriel, a favor del Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Educación Pública (SEP), para la construcción, instalación y operación del Telebachillerato “Margarita Maza”.

La Comisión Permanente de Hacienda Municipal, instancia dictaminadora, incorporó en el documento que, si no se cumpliera con la finalidad establecida, la donación se entenderá por revocada y sin necesidad de declaración judicial, la propiedad se revertirá al patrimonio del municipio de Coatzacoalcos, en términos de lo dispuesto en los Artículos 112 de la Ley Orgánica del Municipio Libre y 465 del Código Hacendario para el Municipio de Coatzacoalcos.

De igual manera, la instancia legislativa informó que el expediente para esta donación consta de: oficio signado por la Sindicatura del Ayuntamiento de Coatzacoalcos mediante el cual solicita la autorización para la donación del terreno y, en el mismo sentido, documento del Director General del Instituto de Espacios Educativos del Estado de Veracruz; además, copia del acta de Cabildo en la que los ediles aprobaron por unanimidad la solicitud referida.

Avalan cambios al Código Hacendario de Alvarado

En la sesión y con 38 votos a favor, las diputadas y los diputados aprobaron el dictamen de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Hacendario para el Municipio de Alvarado, en materia de condonación de multas y recargos.

La comisión dictaminadora de Hacienda Municipal coincide con el Ayuntamiento en la modificación del marco normativo que tiene como objetivo fortalecer la hacienda del municipio, garantizando el acceso de derechos en condiciones equitativas para todos los ciudadanos.

El texto aprobado refiere que solo podrán condonarse total o parcialmente recargos a través de un programa temporal por cada ejercicio fiscal, debiendo ser autorizado mediante un acuerdo de cabildo en el que se especifiquen las bases a la que estará sujeta la condonación.

Podrán condonarse las multas que se impongan por no cubrir oportunamente las contribuciones, aprovechamientos o recargos siempre y cuando el contribuyente no hubiere interpuesto medio de defensa y hubiere transcurrido el plazo para presentarlo.

A petición de parte, el tesorero podrá condonar total o parcialmente las multas que se impongan por infracción a las disposiciones fiscales, para lo cual tomará en consideración la causa de la imposición de la sanción, la situación económica del contribuyente y, en su caso, la reincidencia en que pudiera haber incurrido el infractor.

En los casos en que se hubiere iniciado el procedimiento de ejecución, la solicitud de condonación dará lugar a la suspensión del mismo, previa garantía del interés fiscal. Por acuerdo del Cabildo, el Ayuntamiento podrá implementar programas temporales de condonación total o parcial, respecto del pago de multas que se impongan por no cubrir oportunamente las contribuciones y aprovechamientos.


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